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Documento BOE-B-2010-3569

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2010, páginas 8097 a 8097 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-3569

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario número 195/06, se ha acordado mediante Auto de fecha 27 de Febrero de 2009 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Pintures Costa Brava, Sociedad Limitada, Código de Identificación Fiscal B17669730 y domicilio en calle President Macia, 135 de Palamós (Girona) y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Don Carlos Peinado Domínguez Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de esta ciudad, ante mí el Secretario acuerda:

Acordar el archivo del presente procedimiento por inexistencia de bienes y derechos suficientes del concursado, no existiendo terceros responsables ni acciones de reintegración pendientes y habiéndose archivada la fase de calificación, y aprobar la rendición de cuentas presentada.

Acordar que cesen las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se considera que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda en la presente resolución la extinción de la entidad declarada en concurso y se dispone el cierre de su hoja de inscripción, debiendo enviar el mandamiento correspondiente al Registro Mercantil de Girona, encontrándose inscrita en el Tomo 1675, Libro 0, Sección 8, Folio 220, Hoja GI-28239.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, debiendo otorgarse a esta resolución la publicación en Boletín Oficial del Estado, Diari de Girona, Decanato de los Juzgados de Girona.

Así lo acuerda y firma Su Señoría. Doy fe.

Y para que sirva de publicidad gratuita a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal en su nueva redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2009 de 27 de marzo de 2009 expido y firmo el presente.

Girona, 14 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

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