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Documento BOE-B-2010-42349

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 11 de diciembre de 2010, páginas 140836 a 140836 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-42349

TEXTO

Edicto

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial en sustitución de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I declaración concurso 0000169/2010 se ha dictado a instancias de Servicios y Manipulaciones Galicia, S.L., en fecha 1 de octubre de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Servicios y Manipulaciones Galicia, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial de Tremoedo, Manzana número 6. Vilanova de Arosa. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 2575, libro 2575, folio 195, Sección 8, hoja PO-359 y con CIF B-36.378917.

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias anténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art 184.3 Ley Concursal)

Pontevedra, 1 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

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