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Documento BOE-B-2010-42505

Anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de Jaén, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, declaración en concreto de utilidad pública y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación que se cita. Expte. Gas 2925.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 11 de diciembre de 2010, páginas 141085 a 141090 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2010-42505

TEXTO

De conformidad a lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de las instalaciones de gas natural, Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria y Minas por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería, Resolución 29 de enero de 2004, de la citada Dirección General, sobre normas aclaratorias para la autorización administrativa, reconocimiento en concreto de utilidad pública, aprobación de proyecto y autorización de explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado, Reglamento General de Servicio Público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, en aquello que no contradiga o se oponga al Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, y también de conformidad con éste último, se somete la instalación a autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de Diciembre de 1954.

A estos efectos se inserta la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio o para la imposición de servidumbre de paso de gas natural.

Descripción de la instalación:

N.º de expediente: Gas 2925

Peticionario: Endesa Gas Transportista, S.L.

Finalidad: Gasoducto de Transporte Secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar (Jaén).

T.M: Villanueva del Arzobispo, Sorihuela del Guadalimar, Chiclana de Segura, y Castellar.

Características de la instalación:

Gasoducto de Transporte Secundario, de 17120 m de longitud, con presión de diseño de 59 bares, parte de la Posición P-02 en Vva. del Arzobispo, perteneciente al Gasoducto Villacarrillo-Villanueva del Arzobispo, hasta la Estación de Regulación y Medida APB/MOP 16 G-250 en el T.M. de Castellar.

1. Existirán 2 posiciones de válvulas de seccionamiento de línea:

a. Posición VILCAS-01 en Vva del Arzobispo.

b. Posición VILCAS-02 en Castellar.

2. Estación de Regulación y Medida (ERM G-250 MOP/59/MOP16 (2+1), en la posición VILCAS-02 en Castellar.

Tubería de acero con soldadura longitudinal, según especificación API 5L X42, y diámetro de 8".

AFECCIONES A FINCAS:

La afección a fincas particulares derivadas de la construcción del Gasoducto, se concreta en la siguiente forma:

1: Ocupación permanente de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de la instalación fija en superficie.

2: Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de dos metros, 1 metro a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1.- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 2 metros a contar del eje de la tubería.

2.-Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior de 10 m. del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.

3.- Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4.- Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

3: Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de 2m. de ancho, uno a cada lado, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más 1m. a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, a plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 1,5m a cada lado del eje del cable de conexión o del límite del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada, y prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a cinco metros, a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores.

- Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

4: Para las líneas eléctricas:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de 1 metro de ancho a cada lado del eje de la línea y a lo largo de todo su trazado, lo que implicará el libre acceso de personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Imposición de una servidumbre permanente de vuelo en una franja vertical de 15 metros, centrada en el eje de la línea. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea, a una distancia inferior a 7,50 metros del eje de la línea de postes del tendido.

2. Prohibición de plantar árboles con altura máxima superior a 4 metros a una distancia inferior a 3 metros del eje de la línea de postes del tendido.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso de los daños que se ocasionen.

4. Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, para realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Ubicación: Término Municipal de Villanueva del Arzobispo-Castellar (Jaén).

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados del proyecto:

Gasoducto de transporte secundario Villanueva del Arzobispo-Castellar

FINCA Nº

TITULAR

AFECCIONES

CATASTRO

NATURALEZA

Serv. m.l.

Serv. m²

O.T. m²

Políg.

Parc.

Localidad: Villanueva del Arzobispo (Jaén)

J-VA-100

Francisco José Lozano López.

10

20

370

7

87

olivar regadío

J-VA-101

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.

146

292

1.148

7

9008

camino

J-VA-102

María de los Ángeles Bueno Jorquera.

0

0

309

7

95

erial/pastos

J-VA-103

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.

0

0

123

7

9012

camino

J-VA-104

María de los Ángeles Bueno Jorquera.

16

32

389

7

94

erial/pastos

J-VA-105

Adif.- Jafatura de Mantenimiento de Infraestructuras.

13

26

185

7

9011

ferrocarril abandonado

J-VA-106

María de los Ángeles Bueno Jorquera.

2

4

166

7

93

erial/pastos

J-VA-107

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.

24

48

229

7

9013

camino

J-VA-108

María de los Ángeles Bueno Jorquera.

92

184

1.305

7

102

monte bajo

J-VA-109

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

4

8

53

7

9001

arroyo de La Parrilla

J-VA-110

Fulgencio Berzosa Cabrera.

71

142

1.018

7

105

monte bajo

J-VA-111

Francisco Martínez Sánchez.

145

290

2.004

7

106

olivar secano

J-VA-112

Araceli Carrascosa Ruiz.

108

216

1.498

7

108

olivar secano

J-VA-113

José Antonio Beteta Moreno.

67

134

671

7

109

olivar secano

J-VA-114

María Josefa Rodríguez Martínez.

44

88

902

7

116

olivar secano

J-VA-115

Marcelo García Ruiz.

126

252

1.765

7

115

olivar secano

J-VA-116

Andrés López Martínez.

90

180

1.249

7

114

olivar secano

J-VA-117

Eusebio López Serrano.

58

116

896

7

113

olivar secano

J-VA-118

Hortensia Bueno Bueno.

49

98

605

7

136

olivar secano

J-VA-119

Sebastián Fernández Méndez.

131

262

1.803

7

135

olivar secano

J-VA-120

Rafael Bueno Bueno.

94

188

1.195

7

137

olivar secano

J-VA-121

Pedro Fernández Méndez.

54

108

934

7

139

olivar secano

J-VA-122

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.

3

6

41

7

9020

camino

J-VA-123

Pedro Fernández Méndez.

58

116

801

7

146

olivar secano

J-VA-124

Sebastián Fernández Méndez.

132

264

1.903

7

147

olivar secano

J-VA-124/1

Josefa Guerrero Martínez.

109

218

1.477

7

148

olivar secano

J-VA-124/2

Junta de Andalucía.- Consejería de Obras Públicas y

17

34

228

6

s.n.

Carretera A-6201

Transportes-Servicio de Carreteras

J-VA-125

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo

7

14

103

6

9001

camino de Las Pozas o de Los Villares

J-VA-126

Ángel Plaza Bustos.

354

708

4.890

6

26

olivar secano

J-VA-127

María Dolores Díaz Salas.

284

568

3.986

6

94

olivar secano

J-VA-128

Pedro José Sánchez Cabrera.

563

1.126

7.926

6

95

olivar secano

J-VA-129

Tomás Callado Muñoz.

24

48

326

6

98

olivar secano

J-VA-130

Juan Mora Pérez.

74

148

1.118

6

23

olivar secano

J-VA-131

Junta de Andalucía.- Consejería de Obras Públicas

11

22

235

5

9006

carretera A-6201 de Villanueva a Sorihuela

y Transportes-Servicio de Carreteras.

J-VA-132

Felipa Los Benasalbas.

5

10

77

5

168

olivar secano

J-VA-133

Pedro Navarro Pérez.

0

0

18

5

171

olivar secano

J-VA-134

Dolores Luna Diéguez.

65

130

1.098

5

170

olivar secano

J-VA-135

Catalina y Antonia Fernández Carrascosa

73

146

884

5

169

olivar secano

J-VA-136

Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo.

4

8

57

4

9003

camino del Barranquillo

J-VA-137

Leonor Carrillo Luna.

33

66

492

4

134

olivar secano

J-VA-138

Diego Sánchez Fuentes.

46

92

630

4

133

olivar secano

J-VA-139

Francisco Cerdán Gómez.

34

68

423

4

130

olivar secano

J-VA-140

Francisco Álamo Martínez.

82

164

1.162

4

128

olivar secano

J-VA-141

Francisco Álamo Martínez.

20

40

337

4

127

olivar secano

J-VA-142

Agustín López Rescalvo.

65

130

839

4

126

olivar secano

J-VA-143

Ana Dolores Ramírez Martínez.

132

264

1.879

4

27

olivar secano

J-VA-144

Francisco Muñoz Cameros.

25

50

353

4

26

olivar secano

J-VA-145

Fundación Benéfica "José Luis Bueno".

34

68

484

4

25

olivar regadío

J-VA-146

Junta de Andalucía.- Consejería de Medio

6

12

89

4

9001

cañada real de Gutar al Río

Ambiente-Servicio de Vías Pecuarias.

J-VA-147

Fundación Benéfica "José Luis Bueno".

21

42

298

4

533

olivar regadío

J-VA-148

Francisco Anaya Martínez.

100

200

1.310

4

24

olivar secano

J-VA-149

Antonia Uceda Montoro.

60

120

894

4

534

olivar regadío

J-VA-150

Fundación Benéfica "José Luis Bueno".

305

610

4.266

4

4

olivar regadío

J-VA-151

Diego López Fernández.

73

146

1.025

4

5

olivar secano

J-VA-152

Hros. de Isidra Olivares Lucha.

253

506

3.804

4

3

olivar secano

J-VA-153

Araceli Carrascosa Ruiz.

46

92

925

4

17

erial/pastos

Localidad: Sorihuela del Guadalimar (Jaén)

J-SO-1

Ayuntamiento de Sorihuela de Guadalimar.

6

12

86

13

9004

camino del Barranquillo

J-SO-2

Agustín López Rescalvo.

52

104

812

13

45

olivar secano

J-SO-3

Isabel María González Herreros.

111

222

1.570

13

44

olivar secano

J-SO-4

Sonia y Miguel Talavera Blanco.

111

222

1.462

13

39

olivar secano

J-SO-5

Asunción López Vázquez.

17

34

770

13

38

olivar secano

J-SO-6

Antonio Espartal Mayenco.

0

0

17

13

37

olivar secano

J-SO-7

Benito López López.

246

492

2.926

13

34

olivar secano

J-SO-8

Juan Antonio Torres.

45

90

385

13

29

olivar secano

J-SO-9

Antonio Castillo Pérez.

200

400

3.094

13

28

olivar secano

J-SO-10

Cristóbal Moreno Manjón.

171

342

2.447

13

27

labor regadío olivar secano

J-SO-11

Ayuntamiento de Sorihuela de Guadalimar.

4

8

60

13

9004

camino del Barranquillo

J-SO-12

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

13

26

186

13

9006

arroyo de Los Olmillos

J-SO-13

Ayuntamiento de Sorihuela de Guadalimar.

6

12

78

13

9007

camino

J-SO-14

María José Pérez Sánchez.

107

214

1.493

13

15

labor regadío

J-SO-15

María José Pérez Sánchez.

56

112

784

13

16

olivar secano

J-SO-16

Dolores Bueno Marín.

105

210

1.478

13

13

olivar secano

J-SO-17

Celerina Martín Montoro.

42

84

586

13

17

olivar secano

J-SO-18

Joaquina Marín Montoro.

41

82

582

13

18

olivar secano

J-SO-19

Pablo Bueno Bueno.

77

154

1.079

13

19

olivar secano

J-SO-20

Ildefonso Uceda Montoro.

55

110

782

13

10

olivar regadío

J-SO-21

Antonio Fernández Medina.

52

104

732

13

8

erial/pastos

J-SO-22

Celerina Martín Montoro.

93

186

1.322

13

7

olivar regadío

J-SO-23

M. Señor Marín Montoro.

77

154

1.060

13

6

olivar secano

J-SO-24

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

7

14

104

13

9008

arroyo

Localidad: Castellar (Jaén)

J-CT-1

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

65

130

1.200

7

9011

río Guadalimar

J-CT-2

Juan Ramón Villar Escamilla.

75

150

1.040

7

104

olivar secano

J-CT-3

María del Pilar Bueno Bueno.

485

970

6.813

7

96

olivar secano

J-CT-4

José Bueno Bueno.

24

48

271

7

105

olivar secano

J-CT-5

José Bueno Bueno.

354

708

5.010

7

90

olivar secano

J-CT-6

Plácida Bueno Marín

9

18

72

7

86

olivar secano

J-CT-7

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

10

20

140

7

9006

arroyo de la Fuente

J-CT-8

Catalina Palanca Bueno.

225

450

3.235

7

87

olivar secano

J-CT-9

Plácida Bueno Marín.

205

410

2.771

7

83

olivar secano

J-CT-10

Pilar Menárguez Palanca.

100

200

1.511

7

75

olivar secano

J-CT-11

Ayuntamiento de Castellar.

6

12

120

7

9005

camino de Villanueva

J-CT-12

Catalina Menárguez Palanca.

611

1.222

8.500

7

73

olivar secano

J-CT-13

Pilar Menárguez Palanca.

314

628

4.450

7

72

olivar secano

J-CT-14

Carmen Mora Martínez

548

1.096

7.672

7

49

olivar secano

J-CT-15

Ayuntamiento de Castellar.

6

12

84

7

9002

camino de Sorihuela al Cortijo Nuevo

J-CT-16

Nieve de Andalucía, S.A..

134

268

1.876

7

35

olivar secano

J-CT-17

Nieve de Andalucía, S.A.

327

654

4.590

7

36

olivar secano

J-CT-18

Nieve de Andalucía, S.A.

216

432

2.914

7

21

olivar secano

J-CT-19

Hros. de Ernesto Medina Gómez.

140

280

2.070

7

20

olivar secano

J-CT-20

María Teresa Álvarez Ugena Sánchez.

940

1.880

13.160

7

124

olivar secano

J-CT-21

Ayuntamiento de Castellar.

5

10

70

6

9005

camino de Consolación

J-CT-22

Mercedes Gómez Medina.

169

338

2.366

6

128

olivar secano

J-CT-23

Desconocido.

15

30

210

6

160

olivar secano

J-CT-24

Juan José Mora González.

77

154

1.193

6

127

olivar secano

J-CT-25

Juana Upres Motoso.

65

130

910

6

126

olivar secano

J-CT-26

Gregorio Salcedo Nova.

113

226

1.697

6

125

olivar secano

J-CT-27

Hortensia Bueno Labrador.

500

1.000

7.000

6

120

olivar secano

J-CT-28

Ayuntamiento de Castellar.

10

20

140

5

9011

camino de Los Barrancos

J-CT-29

Carlos Leal Maldonado.

777

1.554

10.878

5

164

olivar secano

J-CT-30

Sebastián Bueno Labrador.

102

204

1.428

5

162

monte bajo

J-CT-31

María Dolores Labrador Leal.

127

254

1.778

5

165

olivar secano

J-CT-32

Micaela Bueno Segura.

148

296

2.100

5

129

olivar secano

J-CT-33

Hros. de Felipe Rodríguez Fernández.

281

562

3.898

5

125

olivar secano

J-CT-34

Hortensia Bueno Labrador.

135

270

1.870

5

131

olivar secano

J-CT-35

Luis Galán Durán.

60

120

825

5

132

olivar secano

J-CT-36

Luis Galán Durán.

151

302

2.130

5

133

olivar secano

J-CT-37

Juan Motoso Petrel.

0

0

25

5

134

olivar secano

J-CT-38

Mariano Escamilla Escamilla.

46

92

644

5

275

olivar secano

J-CT-39

Andrés Escamilla Ortega.

127

254

1.750

5

143

olivar secano

J-CT-40

María del Carmen Ruiz García.

50

100

700

5

281

olivar secano

J-CT-41

Juan Pedro González Fernández.

25

50

350

5

145

olivar secano

J-CT-42

Catalina Medina Sánchez.

81

162

1.090

5

147

olivar secano

J-CT-43

Ayuntamiento de Castellar.

10

20

140

5

9008

camino del Cortijo de Los Barrancos

J-CT-44

Explotaciones Agrícolas Los Barrancos, S.A..

294

588

4.250

5

106

olivar secano

J-CT-45

Justo Diego Moreno Serrano.

195

390

2.730

5

100

olivar secano

J-CT-46

Ayuntamiento de Castellar.

9

18

126

5

9008

camino del Cortijo de Los Barrancos

J-CT-47

Francisco Torrente Romera.

565

1.130

8.050

5

102

olivar secano

J-CT-48

Ayuntamiento de Castellar.

1.390

2.780

8.390

5

9004

camino de La Parrilla

J-CT-49

Francisco Torrente Romera.

0

0

2.180

5

74

olivar secano

J-CT-50

Eleuteria Navarrete Muñoz.

0

0

616

5

72

olivar secano

J-CT-51

Ventura Vizcaino Ruiz.

0

0

1.512

5

71

olivar secano

J-CT-52

Manuela Muñoz Navarrete.

0

0

1.280

5

68

olivar secano

J-CT-53

Mariano González Asesores.

0

0

1.090

5

67

olivar secano

J-CT-54

Encarnación Benegas Jiménez.

0

0

362

5

65

olivar secano

J-CT-55

Encarnación Alcázar Benegas.

0

0

360

5

64

olivar secano

J-CT-56

María Juana Gómez Jiménez.

0

0

440

5

63

olivar secano

J-CT-57

Clemente Mercado Leive.

0

0

1.147

5

61

olivar secano

J-CT-58

Rafael Ceres Hidalgo.

0

0

640

5

77

labor secano

J-CT-59

Desconocido.

0

0

749

5

55

olivar secano

J-CT-60

Daniel González Martínez.

0

0

420

5

54

olivar secano

J-CT-61

Joaquín Patón Coronado.

0

0

371

5

50

olivar secano

J-CT-62

Hros. de Juan José Hervás Roa.

15

30

360

5

49

olivar secano

J-CT-63

Joaquín Patón Coronado.

58

116

812

5

47

olivar secano

Localidad: Chiclana de Segura (Jaén)

J-CH-1

Domingo Pérez Marín.

290

580

4.260

26

48

olivar secano

J-CH-2

Valentín Montalbo Rodríguez.

110

220

1.440

26

49

olivar secano

INSTALACIONES AUXILIARES

Abreviaturas utilizadas:PO=Posición, LE=Línea Eléctrica, EPC=Estación de Protección Catódica, PIG= arqueta de rascadores.

FINCA Nº

TITULAR

AFECCIONES

CATASTRO

NATURALEZA

Serv. m.l.

Serv. m²

O.T. m²

Exp. m²

Polig.

Parc.

Localidad: Villanueva del Arzobispo (Jaén)

J-VA-100 PO

Francisco José Lozano López.

0

0

0

1.185

7

87

olivar regadío

Localidad: Castellar (Jaén)

J-CT-48 LE

Ayuntamiento de Castellar.

7

14

28

0

5

9004

camino de La Parrilla

J-CT-63 PO

Joaquín Patón Coronado.

0

0

0

14

5

47

olivar secano

J-CT-63 EPC

Joaquín Patón Coronado.

85

170

340

0

5

47

olivar secano

J-CT-64 PO

Francisco Torrente Romera.

0

0

0

1.586

5

46

erial/pastos

J-CT-64 LE

Francisco Torrente Romera.

17

34

68

9

5

46

erial/pastos

J-CT-65 LE

Hros. de Juan José Hervás Roa.

1

2

4

0

5

189

olivar secano

J-CT-66 LE

Gabriel Villar González.

130

260

520

2

5

190

olivar secano

J-CT-67 LE

Primitivo Anaya González.

43

86

172

2

5

191

olivar secano

J-CT-68 LE

Ana Roa Jiménez.

22

44

88

0

5

205

almendros secano

J-CT-69 LE

Antonio Roa Jiménez.

52

104

208

0

5

20

almendros secano

J-CT-70 LE

Antonia Roa Jiménez.

14

28

56

2

5

203

almendros secano

J-CT-71 LE

María Paz Segura Malo.

170

340

680

2

5

201

labor secano

J-CT-72 LE

Sixto Alcázar Ropa.

1

2

4

0

5

200

olivar secano

J-CT-73 LE

Adolfina Segura Hervás.

1

2

4

0

5

217

labor secano

J-CT-74 LE

Ayuntamiento de Castellar.

10

20

40

0

5

9002

carretera de Consolación

J-CT-75 LE

Hros. de Mariano José González Hidalgo.

31

62

124

4

9

84

monte bajo

J-CT-76 LE

Adelina Rodríguez Perales.

4

8

16

0

9

98

olivar secano

J-CT-77 LE

Antonio Clavijo Benegas.

16

32

64

0

9

97

olivar secano

J-CT-88 LE

Consolación Soriano Martín.

46

92

184

0

9

95

olivar secano

J-CT-79 LE

Miguel Alcázar Ropa.

33

66

132

9

9

94

olivar secano

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en Jaén, Paseo de la Estación nº 19, 2ª planta, y formular las reclamaciones, por duplicado, que estimen oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Así mismo, los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículos 78 y 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren precisos para la identificación de los bienes.

Jaén, 8 de noviembre de 2010.- El Delegado Provincial, Manuel Gabriel Pérez Marín.

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