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Documento BOE-B-2010-42929

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 16 de diciembre de 2010, páginas 141809 a 141809 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-42929

TEXTO

Doña Virginia García Prada, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000375/2010 se ha dictado, a instancias de Garrigo Metales, S.A., en fecha 25 de noviembre de 2010 auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Garrigo Metales, S.A., con CIF A07145717, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Gremio Zapateros, núm. 55, CP 07009 de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la conservación de las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores judiciales mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 25 de noviembre de 2010.- La Secretario/a Judicial.

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