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Documento BOE-B-2010-9915

Anuncio de SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo, adscrita al Ministerio de Vivienda, de procedimiento de inscripción en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Logroño de la certificación del art. 206 Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946, para reanudar el tracto sucesivo interrumpido de 1/3 parte indivisa del pleno dominio de la finca registral 2.194.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 20 de marzo de 2010, páginas 29433 a 29434 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Vivienda
Referencia:
BOE-B-2010-9915

TEXTO

Edicto: Sepes, Entidad Pública Empresarial de Suelo.

Al amparo del art. 37.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, ha iniciado el tramite de inscripción en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Logroño de la certificación del art. 206 de la Ley Hipotecaria, para reanudar el tracto sucesivo interrumpido de 1/3 parte indivisa del pleno dominio de la finca registral 2.194, con el fin de que D. José Antonio Villareal Sáenz Buruaga, sus causahabientes o cualquier persona que acredite cualquier derecho sobre la misma pueda formular oposición a dicha inscripción dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación del siguiente edicto, en base a los siguientes:

Antecedentes.

I. Los terrenos de la actuación industrial Lentiscares promovida por el Excmo. Ayuntamiento de Navarrete y gestionada y ejecutada por Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, fueron clasificados como Suelo Apto para Urbanizar con destino industrial, mediante modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navarrete, aprobada definitivamente por la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo de la Comunidad de La Rioja el 3-10-1989 (B.O.R. de 28-12-1989).

II. En desarrollo de las determinaciones establecidas en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navarrete para esta actuación, se redactó y tramitó el Plan Parcial "Lentiscares", cuyo ámbito se corresponde con el de la actuación industrial indicada, que fue aprobado definitivamente por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de la Rioja el 13-3-1991 (B.O.R. de 18-5-1991).

III. Dentro de la delimitación de la actuación industrial indicada se encontraba la parcela 60 del polígono 22 del Catastro de Rústica de Navarrete, que se correspondía con la finca registral 2194 del Registro de la Propiedad de Logroño n.º 2.

IV. Sepes adquirió el 100 por 100 del pleno dominio de esta finca por título de compra a D. Alejandro Azofra Bañeres y D.ª Nelida Gorostiza Santaolalla, en virtud de escritura otorgada en Navarrete, ante el Notario D. Francisco Armas Omedes, el 26-4-1989, n.º 321 de protocolo, pese a lo cual no puede inscribir su dominio sobre dicha finca en el Registro de la Propiedad al resultar del mismo que esta finca está inscrita: 2/3 partes indivisas del pleno dominio con carácter presuntivamente ganancial a favor de D. Alejandro Azofra Bañeres y D.ª Nelida Gorostiza Santaolalla y 1/3 parte indivisa del pleno dominio a favor de D. José Antonio Villareal Saenz Buruaga, produciéndose en consecuencia la interrupción del tracto registral en relación con la 1/3 parte indivisa todavía inscrita a favor de D. José Antonio Villareal Saenz Buruaga.

V. A estos mismos efectos han sido publicados edictos en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Navarrete.

Madrid, 15 de marzo de 2010.- Jefe de la División de Patrimonio.

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