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Documento BOE-B-2011-1200

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2011, páginas 2937 a 2937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-1200

TEXTO

D.ª Tomasa Hernández Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Zaragoza,

Por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Concurso Abreviado Sección I Declaración Concurso 412/2010-F se ha dictado a instancias de "Tierra de Cubas, S.L.", en fecha de 14 de diciembre de 2010, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Tierra de Cubas, S.L.", con C.I.F. número B-50986843, y domiciliada en Cariñena (Zaragoza), Carretera A-220, kilómetro 24. Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 3001, folio 103, hoja número Z-34623, inscripción 1.ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cariñena (Zaragoza).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañandose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 14 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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