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Documento BOE-B-2011-17068

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2011, páginas 56998 a 56998 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17068

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 152/2011, por auto de seis de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Materiales de Construcción Pinar del Sur. con CIF: B- 81016636 con domicilio en Calle Raimundo Fernández Villaverde, n.º 19, 2º Dcha, Madrid y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

4º.- Llamamiento a los acreedores.- Se ha ce llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de 15 días a contar desde la publicación prevista en el art. 23 de la LC; de la comunicación que a tal efecto les dirigirá la Administración Concursal y únicamente en defecto de tal comunicación directa el cómputo del plazo se hará desde la publicación de este auto de declaración del concurso.

Lugar para tal comunicación: 1.- por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de Materiales de Construcción Pinar del Sur, S.L., Oficina: Calle Raimundo Fernández Villaverde, n.º 19, 2º Dcha Madrid 28003.

Deberá presentarse mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 6 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial.

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