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Documento BOE-B-2011-22870

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2011, páginas 75204 a 75205 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2011-22870

TEXTO

Edicto

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 0000020 /2011 de este Juzgado de lo social nº 2, seguidos a instancia de D. Raúl Sánchez Pascual, D. Francisco Javier Pombo Vázquez contra la empresa Tarakan Investiment, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo:

1. Estimar la solicitud de de aclarar la sentencia/ dictado en este procedimiento con fecha en el sentido que se indica a continuación.

Hechos probados:

"Primero: D. Raúl Sánchez Pascual y D. Francisco Javier Pombo Vázquez vienen prestando servicios para la empresa Tarakan Investiment, s.l., dedicada a la limpieza de vehículos en el centro de Hipercor sito en Santiago de Compostela, con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

D. Raúl Sánchez Pascual, antigüedad de 16 de abril de 2010, categoría de lavacoches, debiendo percibir, según convenio, un salario mensual de 1.195 euros (salario base: 642´71 euros. complemento de convenio: 146´28 euros. prorrata de pagas extraordinarias: 194´91 euros. promedio de horas extraordinarias: 211´84 euros) excluido el plus de transporte por importe de 38´20 euros mensuales.

D. Francisco Javier Pombo Vázquez, antigüedad de 17 de julio de 2010, categoría de lavacoches, debiendo percibir, según convenio, un salario mensual de 1.195 euros (salario base: 642´71 euros. complemento de convenio: 146´28 euros. prorrata de pagas extraordinarias: 194´91 euros. promedio de horas extraordinarias: 211´84 euros) excluido el plus de transporte por importe de 38´20 euros mensuales, encontrándose fundada dicha relación en contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo eventual por circunstancias de la producción para atender "exceso de tareas", suscrito el 17 de julio de 2010."

"quinto: los días tres, cinco y siete de diciembre los demandantes acuden al centro de trabajo, intentándose poner en contacto con la empresa, comprobando como se encontraba cerrado, remitiendo el 17 de diciembre de 2010 burofax solicitando la aclaración de su situación, los cuales no han sido entregados figurando la mención "destinatario desconocido".

Y en cuanto al fallo de la sentencia queda redactado de la siguiente forma:

Se condena a Tarakan Investiment, S.L. a que indemnice a los actores en las siguientes cantidades:

A D. Raúl Sánchez Pascual la cantidad de 2.092,25 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 7.408´38 euros en concepto de salarios de tramitación.

A D. Francisco Javier Pombo Vázquez la cantidad de 1.642,99 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 7.408´38 euros en concepto de salario de tramitación.

Se mantienen inalterables el resto de los pronunciamientos.

2. incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese a las partes.

Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a la resolución aclarada.

Así lo acuerda y firma ss.ª doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Tarakan Investiment, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial del estado.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 2011.- María Jesús Pérez Fernández, secretaria judicial.

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