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Documento BOE-B-2011-24978

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2011, páginas 80096 a 80096 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-24978

TEXTO

Edicto

Don/doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de Concurso 274/2011 se ha dictado a instancias de la Procuradora Señora Villot Sánchez en nombre y representación de FUNDACIÓN CICLISMO GALEGO en fecha 12 de julio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor FUNDACIÓN CICLISMO GALEGO con Código de Identificación Fiscal G-36.976.959, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Policarpo Sanz, número 9, 1.º B, de Vigo. Inscrita en el Registro Único de Fundaciones de Interés Gallego con el número 2006/8.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 12 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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