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Documento BOE-B-2011-32880

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2011, páginas 91447 a 91447 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-32880

TEXTO

Edicto

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración de Concurso 116/11-r se ha dictado a instancias de Sociedad de Prevención de Asepeyo, S.L.U. en fecha veintiocho de septiembre de 2011 auto de declaración de concurso necesario del deudor Construcciones AV Casal, S.L., con CIF B-36027381, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en la hoja n.º PO-5.950, al folio 23 del libro 1.182 de Sociedades, inscripción 3.ª y domicilio social en Fonte de Ons Revolta, n.º 26 bajo de Villalonga.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 28 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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