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Documento BOE-B-2011-33631

COSLADA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2011, páginas 92511 a 92512 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-33631

TEXTO

Doña María del Carmen Marrodan Fernández, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de Coslada,

Hago saber: Que en le presente procedimiento ordinario 251/10 seguido a instancia de Arinsin, S.A.; Horna, S.A.U., frente a Urbanizadora Sunsset, S.L.; Promociones Garault, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia nº 83/11

En Coslada (Madrid), a dos de junio de dos mil once.

Vistos por mí, Elena Sanabria Seguido, Juez Sustituta de los Juzgados de Coslada, actuando reglamentariamente en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de esta localidad, los autos de Juicio Ordinario 251/10 seguidos a instancia de Arinsin, S.A., y Horna, S.A.U., representadas por la Procuradora Sra. González-Olivares Sánchez y asistida del letrado Sr. Ruiz-Tapiador Reus, contra Urbanizadora Sunsset, S.L., representada por la procuradora Sra. Llamas Villar y defendida por el letrado Sr. Sanz Grasa y contra Promociones Garault, S.L., declarada en rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. González-Olivares Sánchez en nombre y representación de Arinsin, S.A., y Horna, S.A.U., contra Urbanizadora Sunsset, S.L., y Promociones Garault, S.L., debo declarar y declaro que en pleno dominio de la finca urbana Parcela B.2 del Proyecto de Reparcelación del Sector XXV de Velilla de San Antonio (Madrid), inscrita en el Registro de la Propiedad de Rivas Vaciamadrid al tomo 2.086, libro 154, folio 13 y siguientes, finca nº 7.276, corresponde por mitad e iguales partes indivisas Arinsin, S.A. y Horna, S.A.U. y, en consecuencia, se decreta la cancelación de la anotación preventiva de la demanda interpuesta por Promociones Garault, S.L., contra Urbanizadora Sunsset, S.L., con origen en el Juicio Ordinario seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 88 de Madrid, autos 1213/2009, que ha causado la anotación de la letra A de la citada finca nº 7.276 en el Registro de la Propiedad de Rivas Vaciamadrid, todo ello condenando a las demandadas Urbanizadora Sunsset, S.L., y Promociones Garault, S.L., al abono de las costas causadas en la presente instancia.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días a partir de su notificación y de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009 que crea la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la interposición del citado recurso deberá consignar el importe de 50 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, acreditando dicha consignación con el escrito de interposición del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose la demandada Promociones Garault, S.L., en paradero desconocido, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, 5 de septiembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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