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Documento BOE-B-2011-38130

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 23 de noviembre de 2011, páginas 98841 a 98841 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-38130

TEXTO

Edicto.

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona,

Por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 411/2009-2 de concurso de la mercantil ECOLAND FRANQUICIAS, S.L., se ha dictado en fecha 29-4-11 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario de ECOLAND FRANQUICIAS, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 411/2009, y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los restantes acreedores.

Se declara la extinción de la mercantil ECOLAND FRANQUICIAS, S.L. (B43897297) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y se fijarán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento del administrador concursal, así como las relativas a la apertura de la fase de convenio y de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada; hágase entrega del mismo, así como del edicto con atento oficio dirigido al BOE, al procurador de la parte actora para que cuide de su diligenciado y devolución.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Amposta.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Dª Maria Arántzazu Ortiz González, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 29 de abril de 2011.- Secretario Judicial.

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