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Documento BOE-B-2011-39656

HUESCA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de diciembre de 2011, páginas 100915 a 100915 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-39656

TEXTO

Edicto.

Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 329/2011 se ha dictado en fecha 15 de noviembre de 2011, auto de declaración de concurso de la deudora "Consolidación de Estructuras Condar, S.L.", con CIF B-22.294.201, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle San Gregorio, número 1, de Albero Bajo (Huesca).

2.º Se ha acordado que la deudora conserve las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a intervención de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

En Huesca, 15 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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