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Documento BOE-B-2011-41926

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2011, páginas 104080 a 104080 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-41926

TEXTO

Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de León, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso voluntario abreviado 0000190/2011 se ha dictado auto de 22/7/11 de declaración de concurso de la sociedad "Valdalva, Sociedad Limitada", CIF B-24222739, domicilio en León, calle Villa Benavente, número 15, inscrita en el Registro Mercantil de León, al tomo 349, folio 205, hoja LE-362, y cuyo objeto social se centra en la construcción de edificaciones, compraventa de terrenos, solares, inmuebles, edificaciones, pisos, departamentos y locales.

Segundo.-Que ha acordado que los Administradores solidarios de la deudora, don Ángel Luis y don Fernando Valdés Álvarez conservarán las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometidos en su ejercicio a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal), si bien no precisarán la intervención de dichos profesionales para la presentación de créditos.

León, 2 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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