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Documento BOE-B-2011-636

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2011, páginas 1329 a 1329 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-636

TEXTO

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 281/2010 se ha dictado a instancias de Salomongris 2003, S.L. en fecha 30 de julio de 2010 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Salomongris 2003, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Molina de Segura, c/ Misionera Fuensanta Bernal, Edf. Molinera, esc. 4.ª, 5.º Pta. A.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

4.º Que en el presente procedimiento se ha designado como Administradora Concursal a la abogada Alicia Rojo Martínez, con domicilio en c/ Pantano del Cenajo, 2, bajo, de Murcia, C.P. 30007, tfno: 629.414.561.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo184.3 Ley Concursal).

Murcia, 21 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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