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Documento BOE-B-2011-9863

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2011, páginas 30970 a 30970 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-9863

TEXTO

Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 0000063/2011 se ha dictado a instancias de Edificaciones y Basamentos, S.A., con C.I.F. número A47062955, en fecha veinticuatro de febrero de dos mil once, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Edificaciones y Basamentos, S.A., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, teniendo su domicilio social en la calle Nicolás Salmerón, número 32, bajo izquierda, de Valladolid.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que seguirán ejerciendo la concursada, sometidas a la autorización del administrador concursal.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurado/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 24 de febrero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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