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Documento BOE-B-2012-10049

Anuncio de la Dirección General de Migraciones, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social por el que se notifica la resolución de desestimación del Recurso de Alzada interpuesto por don Mehrzad Asadi contra la Resolución de baja obligatoria del Centro de migraciones de ACCEM dictada por la Directora General de Integración de los Inmigrantes de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2012, páginas 13530 a 13530 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2012-10049

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación al interesado, tras haberse intentado la misma sin que haya sido posible practicarla, por encontrarse ausente del domicilio señalado a efectos de notificaciones, se hace público que la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración ha resuelto desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la baja obligatoria del Centro de Migraciones de ACCEM. Entre las acciones dirigidas a la acogida e integración de los colectivos de solicitantes y beneficiarios de protección internacional se encuentra la acogida temporal que la Dirección General de Integración de los inmigrantes gestiona con medios propios y a través de programas gestionados por organizaciones no gubernamentales, como ACCEM en cuyo centro de acogida se encontraba el recurrente.

Se advierte al interesado que la resolución está a su disposición en la sede de esta dependencia, C/ José Abascal, 39, 2.ª planta, en la que puede comparecer, por sí o por medio de representante acreditado, para conocimiento de su contenido íntegro y constancia de tal conocimiento, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

Se advierte igualmente al interesado que la Resolución que se notifica pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, potestativamente, recurso de reposición ante la Secretaria General de Inmigración y Emigración, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de la misma manera, conforme a lo previsto en el artículo 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno.

Madrid, 9 de marzo de 2012.- El Director General de Migraciones.

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