Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-1018

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2012, páginas 1320 a 1320 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-1018

TEXTO

Edicto.

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial en sustitución, del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 323/2010 instado por la procuradora doña María Dorotea Soriano Cerdo, en nombre y representación de don Antonio Beltrán Ruiz, con número de DNI: 51928824 E, en el cual se ha dictado auto con fecha 21 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es como sigue:

1.- Se abre la fase de liquidación del presente concurso. Se suspende la Junta de Acreedores inicialmente señalada para el día 10 de enero de 2012.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

3.- Queda extinguido el derecho del concursado a los alimentos a cargo de la masa activa.

4.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

7.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 21 de diciembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid