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Documento BOE-B-2012-11630

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2012, páginas 15701 a 15701 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-11630

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presento edicto:

Juzgado: Mercantil num.5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes 111, Edificio C. 12ª Planta.

Número de asunto: Concurso Voluntario 154/12-6.

Tipo de Concurso: Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF: Inmogori, S.L. B61660742.

Fecha del auto de declaración: 6 de marzo de 2012.

Administradores concursales: D. Joan Mitjans i Cubells, con NIF 37375925M domiciliado en 08003 Barcelona, calle Vía Laietana 24 Bis 2º, 2ª, como abogado, con correo electrónico inmogori@admcc.es.

Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Se ha declarado la apertura de la fase de liquidación en el presente procedimiento concursal.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Se declara disuelta la sociedad concursada Inmogori, S.L., y se ordena que cesen en el ejercicio de sus cargos sus administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Barcelona, 9 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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