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Documento BOE-B-2012-14674

Anuncio de subasta en la notaría de María Teresa Gómez Bajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2012, páginas 19836 a 19837 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-14674

TEXTO

Yo, María Teresa Gómez Bajo, Notaria del Ilustre Colegio Notarial de Madrid con residencia en Collado Villalba, Madrid, hago saber:

Que en mi Notaría sita en Collado Villalba en la calle Clara Campoamor número 4, se tramita el procedimiento de ejecución hipotecaria, número de protocolo 160/2012 conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:

Urbana.- Vivienda unifamiliar aislada que se levanta sobre la parcela de terreno señalada con el número ciento veintisiete de la urbanización Altavista, también conocida como Avenida del Águila número 127 en el término municipal de Collado Villalba, Madrid. Ocupa una superficie aproximada de quinientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Dicha vivienda se distribuye en tres plantas; planta semisótano, destinada a garaje y cuarto de caldera, que ocupa una superficie construida de cincuenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados; planta baja, que consta de salón-comedor, cocina, baño y dos dormitorios, ocupa una superficie construida de sesenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados, y primera alta, que consta de un dormitorio y un cuarto de baño, ocupa una superficie construida de veintiocho metros con treinta decímetros cuadrados.Ocupa la totalidad de la edificación una superficie total construida de ciento cincuenta metros cuadrados.La vivienda se enclava dentro de la parcela y, por lo tanto, está bordeada por el jardín de la misma.Linda la totalidad de la parcela; derecha entrando, con la parcela número ciento veintiséis; izquierda, con la número ciento veintiocho; fondo, con la número ciento veinte; y al frente, con la calle de acceso. Cuota: A esta parcela se la asigna una cuota de participación del 0,3866 % en aquellas superficies de la urbanización que no sean susceptibles de legal enajenación por parte de "Cotos y Parques Residenciales, sociedad anónima" (Coparesa). La parcela se encuentra rodeada en su interior por una valla de piedra en el frente y el resto por unos bloques de cemento.Inscripción: Está inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de Collado Villalba, tomo 2.640, libro 523, folio 72, finca registral 25.787, inscripción 5ª. Referencia catastral: 8203724VL1080S0001KF.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-Ley 6/2012 de nueve de marzo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos:

1.º Tendrá lugar en mi Notaría mediante una única subasta que se celebrará el día veinticinco de junio de dos mil doce, a las diez horas y treinta minutos.

2.º Para tomar parte en la subasta los postores, con excepción del acreedor, deberán consignar una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo, debiendo presentar en esta notaría con carácter previo cheque bancario por la citada cantidad.

3.º La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi Notaría de lunes a viernes entre las diez y las catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada.

4.º Para dicha subasta servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, es decir, doscientos cincuenta y cinco mil ochocientos veinte euros (255.820,00 euros). No obstante, si se presentasen posturas por un importe igual o superior al setenta por ciento de dicho tipo, se adjudicará la finca al mejor postor.

5.º Cuando la mejor postura presentada resultase inferior a dicho setenta por ciento el deudor podrá presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al setenta por ciento del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

6.º Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al sesenta por ciento del valor de tasación.

7.º Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el cincuenta por ciento del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

8.º Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, la entidad acreedora dispondrá de veinte días para solicitar la adjudicación por importe igual o superior al sesenta por ciento del valor de tasación.

9.º De no hacer uso de dicha facultad se estará a lo previsto en el artículo 236n) del Reglamento Hipotecario.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo dispuesto en el Reglamento Hipotecario.

Collado Villalba, 27 de abril de 2012.- Notaria.

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