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Documento BOE-B-2012-15161

Anuncio de la Notaría de don Juan Bover Belenguer sobre subasta de finca hipotecada, conforme al artículo 236-f-3 del Reglamento Hipotecario.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2012, páginas 20470 a 20471 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-15161

TEXTO

Juan Bover Belenguer, Notario de Valencia y de su Ilustre Colegio.

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Valencia, plaza Alfonso el Magnánimo, número 7, planta tercera, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.-Cuatro.-Vivienda situada en la planta alta primera, demarcada su puerta con el número dos. Tiene una superficie útil de cuarenta y nueve metros y noventa y nueve decímetros cuadrados, construida de cincuenta y ocho metros y tres decímetros cuadrados, y construida con elementos comunes de sesenta y tres metros y once decímetros cuadrados. Linda, mirando al edificio desde la calle Alta del Mar: por frente, dicha calle, caja de escalera y patio de luces; por la derecha, con caja de escalera, departamento número tres de orden en esta propiedad horizontal y patio de luces; por la izquierda, con edificio de la calle Alta del Mar número setenta y ocho; y por fondo, con patio de luces del edificio de la calle Mayor de Nazaret número ciento uno y patio de luces.A esta vivienda le corresponde el uso exclusivo de una terraza pisable, con una superficie aproximada de cinco metros y setenta y nueve decímetros cuadrados, que es una de las dos porciones en que se subdivide el patio interior de luces, situado sobre en esta planta. Parte del suelo de esta terraza está configurado como lucernario para iluminación del local comercial en planta baja izquierda.

Cuota de participación.- 10 por ciento.

Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de Valencia cuatro, al tomo 2.012, libro 1.053, folio 50, finca 70.707.

Dicha finca es propiedad horizontal constituida del siguiente:

Edificio, sito en el barrio de Nazaret, termino municipal de Valencia, calle Alta del Mar, número setenta y seis, edificio sobre un solar de ciento veintiocho metros cuadrados según el Registro de la Propiedad, hoy según reciente medición ciento treinta y un metros y cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Tiene una superficie construida total con repercusión de elementos comunes de seiscientos treinta y ocho metros y setenta y ocho decímetros cuadrados. Y linda: frente, Calle Alta del Mar; derecha, casa de Don Carlos Robles, hoy edificio sito en la calle Alta del Mar número setenta y cuatro; izquierda, la de Don Gaspar Aviño, hoy edificio sito en la calle Alta del Mar, número setenta y ocho; y fondo con la casa colindante de la calle Mayor de los herederos de Don Hermenogildo Maria Salvador, hoy edificio sito en la calle Mayor de Nazaret número ciento uno con el que linda en la planta baja de la referida edificación y, a partir de la primera planta alta hasta la de cubierta, con vuelo sobre el patio interior de luces de dicho edificio de la calle Mayor de Nazaret número uno.

Catastro.- Referencia Catastral: 9502819YJ2790B0004FU.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber las siguientes condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, con domicilio antes referenciado a través de una única subasta que se celebrará el día 29 de junio de 2.012 a las once horas, y para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es la cantidad de ciento cincuenta y dos mil noventa y siete euros y veintiocho céntimos (152.097,28 euros).

No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por ciento del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por ciento del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por ciento del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por ciento del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236-n del Reglamento Hipotecario.

La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de diez horas a trece treinta horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuaran subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Valencia, 3 de mayo de 2012.- Juan Bover Belenguer, Notario de Valencia y de su Ilustre Colegio.

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