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Documento BOE-B-2012-1530

Resolución de la Generalidad de Cataluña, Departamento de Empresa y Empleo, de 22 de diciembre, por la que se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la variante aéreo-subterránea de las líneas aéreas D/C 110 kV, SE Can Jardí - SE Collblanch y SE Can Jardí - SE Penitents, SE Can Jardí - SE Andreu, entre los soportes T.5 y T.17, en el término municipal de Sant Cugat del Vallès (exp. 2011/19199).

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2012, páginas 2055 a 2059 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2012-1530

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con domicilio social en al av. Paral·lel, núm. 51, de Barcelona, solicitó ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la variante aéreo-subterránea de las líneas aéreas D/C 110 kV, SE Can Jardí – SE Collblanch y SE Can Jardí – SE Penitents, SE Can Jardí – SE Andreu, entre los soportes T.5 y T.17, en el término municipal de Sant Cugat del Vallès, en la comarca del Vallès Occidental (exp. 2011/19199).

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 5996, de 2 de noviembre de 2011, en el BOE número 264, de 2 de noviembre de 2011, y en el diario Ara con fecha 2 de noviembre de 2011.

De conformidad con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remitieron las correspondientes separatas y se solicitó informe: al Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès, y a la Entidad Municipal Descentralizada de Valldoreix, que emitieron informe favorable sin condicionantes; a la Agencia Catalana del Agua; a Sorea Sociedad Regional de Abastecimiento de Aguas, S.A.; a Gas Natural Distribución SDG, S.A., a Telefónica de España, SA, que emitieron informe favorable con condicionantes que fueron aceptados por la empresa peticionaria, y al Servicio Territorial de Carreteras de Barcelona del Departamento de Territorio y Sostenibilidad y a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña del Ministerio de Fomento, de los cuales, transcurridos los correspondientes plazos y reiterados los requerimientos, no se recibe contestación, por lo que se entiende que dan su conformidad.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicó al Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès el Anuncio que incluye la descripción general de la instalación, su trazado y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, para su exposición al público por un periodo de 30 días, para que se pudiera comprobar la existencia de errores en la relación de bienes y derechos mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 145 y 147 del citado Real decreto.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 3 c), de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7, apartado a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas,

Resuelvo:

Primero.- Otorgar la autorización administrativa para la construcción de la variante aéreo-subterránea de las líneas aéreas D/C 110 kV, SE Can Jardí – SE Collblanc y SE Can Jardí – SE Penitents, SE Can Jardí – SE Andreu, entre los soportes T.5 y T.17,a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., en el término municipal de Sant Cugat del Vallès (exp. 2011/19199).

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, que lleva implícita la necesidad de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados a los efectos que prevé el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Esta declaración de utilidad pública se sometió a información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 5996, de 2 de noviembre de 2011; en el BOE número 264, de 2 de noviembre de 2011, y en el diario ARA con fecha 2 de noviembre de 2011, y comporta las afecciones descritas y las que hayan podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente.

Tercero.-Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Descripción de la instalación:

El trazado comenzará en el soporte T.5, de doble conversión aéreo-subterránea, a instalar en la avenida del Baixador de Valldoreix próximo con el cruce con la calle Guadalajara, desde aquí discurrirá mediante canalización subterránea por la avenida del Baixador de Valldoreix hasta llegar a la cámara de empalmes situada entre las calles de Menorca y de Pamplona; el trazado proseguirá hasta llegar a la siguiente cámara de empalmes situada en la avenida entre la rambla del Jardí y el paseo del Llesamí, desde aquí el trazado seguirá hasta la siguiente cámara de empalmes colocada en la avenida entre las calles de Nicaragua y Sarrià; el trazado saldrá de esta última cámara de empalmes y continuará por la avenida del Baixador de Valldoreix hasta llegar al paseo de Rubí, discurrirá por el paseo hasta llegar al paseo Olabarría, que cruzará en dirección sur atravesando la plaza Can Cadena en dirección a la carretera de La Floresta, por donde discurrirá hasta llegar al nuevo soporte T.17, de doble conversión aéreo-subterránea, que pertenece a la línea aérea de alta tensión 110kV D/C SE Can Jardí – SE Penitents y SE Can Jardí – SE Andreu, donde se instalarán autoválvulas-pararrayos y terminales de exterior de composite.

Detalle de las características de las líneas:

Línea aérea a desmontar:

Tensión nominal: 110kV.

Longitud: 3,26 km (OPGW 48); 3,26 km x 4 ctos (LA-455); 3,26 km x 2 ctos.

Número de apoyos: 12 apoyos, 3 pórticos dobles.

Línea aérea a tensar:

Tensión nominal: 110kV.

Longitud: 0,317 km (T.4-T.5); 0,197 km (T.17 conv-T.18); 0,147 km (T.17 conv-T.18).

Número y tipo de circuitos: 2, Simplex.

Número y tipo de conductores: 3 x 2 LA-455 y OPGW 48.

Disposición de conductores: hexágono.

Tipo de apoyos y material: Gran Cóndor y Cóndor (Imedexsa); Metálicos de celosía.

Tipo de aislamiento y material: vidrio/composite.

Línea subterránea a construir:

Longitud: 2,957 km

Tensión nominal: 110kV (dimensionada para 132kV).

Potencia máxima de transporte: 186,73 MVA por circuito.

Número de circuitos: 2

Número y tipo de conductores: 3 x 2 de 1.200 mm² Al XLPE.

Factor de carga: 1.

Tiempo de accionamiento de la protección del cable: 0,5 seg.

Tipo de canalización: tubular hormigonada.

Disposición de conductores: triángulo (en tresbolillo).

Profundidad de instalación del eje del tubular: 1, 195m.

Puesta a tierra de las pantallas metálicas: Cross bonding.

Nivel de aislamiento: 76/132

Finalidad: La finalidad es liberar de la actual servidumbre aérea fincas ubicadas dentro del ámbito territorial de la Entidad Municipal Descentralizada de Valldoreix, que actualmente se encuentran sobrevoladas por líneas eléctricas aéreas de alta tensión que son titularidad de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

Presupuesto: 6.308.432,09 euros.

Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa antes mencionada y el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.- Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el Proyecto técnico presentado, firmado por el ingeniero técnico industrial señor Carlos Valiño Colás, visado en fecha 21 de octubre de 2010, con el número AR05836/10, por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

Segundo.- La Construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a lo establecido en el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y demás disposiciones de aplicación general.

Tercero.- La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Cuarto.- El plazo para la puesta en marcha de dicha instalación es de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Quinto.- La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial podrá realizar durante las obras y una vez finalizadas las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

Sexto.- Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al citado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante su ejecución y también su finalización.

La comunicación del final de las obras se acompañará con el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto de ejecución aprobado, que se han cumplido las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

Séptimo.- La Administración dejará sin efecto esta Resolución por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que esta impone.

En este caso, la Administración, previa instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la resolución, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Octavo.- Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 22 de diciembre de 2011.- El Jefe del Servicio de Autorización de Instalaciones Eléctricas, Eduard Solé Forcada (11.354.027).

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