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Documento BOE-B-2012-16478

Anuncio del Consell Comarcal de la Selva sobre subasta de recaudación.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2012, páginas 22260 a 22263 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2012-16478

TEXTO

Olvi Pineño Herreros, Jefa del Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva, de acuerdo con las funciones que han sido delegadas por diferentes Ayuntamientos y otras entidades,

Hago saber: Que en el expediente administrativo de apremio núm. 11960 que se instruye en el Servicio de Gestión Tributaria contra el deudor Asociación de Propietarios del parque Rústico Residencial Santa Ceclina, por deudas al Ayuntamiento de Vidreres, la tesorera del Consell Comarcal de la Selva ha dictado en fecha 22 de marzo de 2012, la providencia de subasta siguiente:

"De acuerdo con lo que dispuesto en el articulo 101 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento general de recaudación (RGR) y una vez autorizada la enajenación de los bienes inmuebles embargados al deudor Asociación de Propietarios del Parque Rústico Residencial Santa Ceclina, se procederá a la celebración de la subasta el día 21 de junio del 2012, a las 11 horas, en la Sala de Actos del Consell Comarcal de la Selva, y se observarán en su tramite y realización lo que prescriben los artículos 101, 102, 103 y 104 del mencionado Reglamento general de recaudación, y se señalará que el tipo de subasta de los bienes para enajenar será de 1.711.200,00 euros el lote único.

Deberá notificarse esta providencia al deudor y a otras personas interesadas y anunciarse al público mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en cualquier otro lugar reglamentario."

En cumplimiento de la mencionada providencia se publica este edicto con la convocatoria de los licitadores y la advertencia a todos aquellos que quieran tomar parte en la subasta, de lo siguiente:

1. Los bienes embargados para enajenar son los que al final se detallarán. Los títulos disponibles podrán examinarse por aquellos que estén interesados, hasta el día anterior a la subasta, en este Servicio de Gestión Tributaria situado en el paseo de San Salvador, 19 de Santa Coloma de Farners, en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.

2. Antes de la celebración de la subasta, los licitadores tendrán que formalizar un deposito por el importe del 20% del tipos de subasta mediante un cheque nominativo conformado a favor del Consell Comarcal de la Selva por el importe del deposito, con la advertencia que el mencionado deposito se aplicará a la cancelación de la deuda objeto del procedimiento si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en las cuales incurrirán por los perjuicios más grandes que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

3. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se hace el pago de la deuda, intereses y gastos del procedimiento.

4. El mejor postor tendrá de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. No obstante, en caso de que el tipo de subasta sea superior a 30.000 euros y el adjudicatario solicite expresamente en el acto de la adjudicación del bien subastado que se otorgue escritura pública de venta del bien inmueble, podrá obtener autorización para efectuar el pago del remate el mismo día en el que se otorgue la escritura, siempre y cuando el adjudicatario comunique de manera expresa que desea acogerse a esta forma de pago en el acto de la adjudicación. En este caso, la Mesa podrá condicionar esta autorización a la constitución de un depósito adicional.

5. En el caso del impago del precio del remate por parte del adjudicatario, la Mesa podrá optar entre acordar la adjudicación al licitador que hubiera efectuado la segunda oferta más elevada, siempre que no sea inferior en más de dos tramos a la que ha resultado impagada, o iniciar la adjudicación directa. Si la oferta es inferior en más de dos tramos, se iniciará la adjudicación directa.

6. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas (que tendrán carácter de máximas) en un sobre cerrado y dirigido a la Presidenta de la Mesa de la subasta hasta una hora antes del inicio de la misma, sin perjuicio de su participación personal. Las mencionadas ofertas se presentaran en el Registro general de este Servicio de Gestión Tributaria del Consell Comarcal de la Selva, y se tendrá que añadir un cheque conformado, válido como mínimo hasta diez días después de la celebración de la subasta. Este cheque se extenderá a favor del Consell Comarcal de la Selva y por el importe del depósito.

7. En el supuesto de concurrencia de varias ofertes en sobre cerrado, empezará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta i será adjudicataria la postura más alta por tramo superior a la segunda en el cas de no existir otras ofertas.

8. Se procederá a la devolución de los depósitos a los licitadores no adjudicatarios en el acto de la subasta.

9. La Mesa de Subasta podrá, cuando lo considere oportuno y con la deliberación previa, acordar la realización de una segunda licitación, una vez finalizada la primera, de los bienes que no hallan sido adjudicados.

10. Que el Ayuntamiento de Vidreres se reserva el derecho de pedir la adjudicación del inmueble que no halla sido objeto de remate de la subasta, para la solvencia de su crédito y dentro de los límites establecidos en los artículos 108 y 109 del Reglamento general de recaudación.

11. Los tramos a los cuales tendrán que ajustarse las posturas serán de 450,00 euros. En caso de que hubiera más de un licitador en el último tramo aceptado, por la adjudicación del bien subastado, se estará al orden de la presentación de los depósitos.

12. Los licitadores tendrán que conformarse con los títulos de propiedad que se hallen en el expediente, i no tendrán derecho a exigir otros, los cuales podrán examinarse, en este Servicio de Gestión Tributaria, hasta el día anterior al de la celebración de la subasta.

13. Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva del embargo, quedaran subsistentes, sin aplicarse a su extinción el precio del remate.

14. Los bienes no enajenados en subasta podrán adjudicarse mediante la venta por gestión directa, de acuerdo con el proceso establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación y 56.10 de la Ordenanza general de gestión y recaudación del Consell Comarcal de la Selva.

15. Una vez el adjudicatario halla efectuado el pago del precio del remate, y en el supuesto que no halla optado por que se otorgue escritura pública de venta, se emitirá certificación del acta de la adjudicación de los bienes, la cual constituye documento público de venta a todos los efectos, y contendrá todo lo que previene el artículo 104.6.d) del RGR. Asimismo se expedirá un mandamiento de cancelación de cargas posteriores.

16. Le corresponderá al adjudicatario el abono de todos los gastos del proceso de apremio a que se refieren los artículos 113 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, que se hallan meritado por la aplicación de los aranceles vigentes del Registro de la Propiedad así como todos los impuestos que procedan por la anotación de los embargos y su posterior cancelación. El mandamiento de cancelación de cargas expresamente señalará la obligación del presentador o de su representante de abonar estos gastos de forma directa.

Advertencias: En el caso de deudores con domicilio desconocido, la notificación de la subasta se entenderá efectuada, a todos los efectos legales, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de este edicto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, general tributaria (LGT). Se advierte, en este caso, que contra la indicada providencia se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en los términos que establece el articulo 172.1 de la mencionada LGT y dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, en el Consell Comarcal, de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.4 de la Ley reguladora de las haciendas locales, con la advertencia que el proceso de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá si forma parte de los casos y condiciones previstos en los artículos 165 y 224 de la LGT.

En todo lo que no se halla previsto en este edicto se seguirán les disposiciones legales que regulen el acto y otorguen algún derecho a favor de terceros.

Descripción y tipo de subasta de los bienes embargados para enajenar:

Rústica: Heredad llamada Manso Morell, con las dos casas existentes en dicho manso señaladas de números once y doce, ocupando la primera ciento ochenta y un metros cuarenta decímetros cuadrados y la segunda cincuenta metros cuadrados, cuya heredad tiene una total de cincuenta y seis hectáreas sesenta y dos áreas ochenta centiáreas, situada en los términos de Caldas de Malavella y Vidreras, de las cuales corresponden, según reciente medición, treinta y ocho hectáreas noventa y cuatro áreas al de Caldas de Malavella y dentro de la cual existe la casa Manso Morell con la indicada superficie de ciento ochenta y un metros cuarenta decímetros cuadrados y sus lindes son: Al Norte, con José Rabella hoy Listel, S.L.; al Este, con José Maria Vall.llobera Mas de Xexar, con Manso Noguera, con Mariano Muñoz Montesinos, y con Can Noguera, S.A.; al Sur, con la porción de la misma finca sita en término de Vidreres; al Oeste, con camino, con terrenos del Ayuntamiento de Caldas, con José Rabella, con Maria Mundet Cifre y con la Parroquia de Santa Ceclina o Seculina. Constituye parte de la parcela catorce del polígono uno. Y las restantes diecisiete Hectáreas sesenta y ocho áreas y ochenta centiáreas radican en el término de Vidreras, y dentro de ella existe la otra casa llamada Mas LLop, de superficie cincuenta metros cuadrados; y linda: al Norte, con la porción de finca sita en término de Caldas de Malavella, y en parte también con Listel,SL; al Este, con dicho término de Caldas y con Can Noguera, S.A.; al Sur, con finca de Manuel Sampons y otra; y al Oeste, con dicho Sampons y con José Maria Cornellá Clopés. Constituye parte de las parcelas veintiuno del polígono cinco y dos del polígono seis.

Inscrita al tomo 2281, libro 107 de Vidreres, folio 58, finca 2045.

No consta la existencia de inquilinos en la finca.

Valoración de la finca

1.711.200,00

No hay cargas anteriores ni preferentes

TIPO DE SUBASTA

1.711.200,00

Santa Coloma de Farners, 22 de marzo de 2012.- La jefa del Servicio, Olvi Pineño Herreros.

ANÁLISIS

Modalidad:
Otros
Tipo:
Servicios
Ámbito geográfico:
Cataluña
Materias (CPV):
70000000 Servicios inmobiliarios
Observaciones:
Subasta.

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