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Documento BOE-B-2012-16793

Anuncio de la Notaría de Don José Vicente Roig Dalmau sobre venta extrajudicial de ejecución hipotecaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 19 de mayo de 2012, páginas 22770 a 22771 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-16793

TEXTO

Don José Vicente Roig Dalmau, Notario del Ilustre Colegio de Valencia con residencia en Gandía,

Hago constar: Que en esta Notaría, sita en Gandía, Paseo de Germanías, nº 15, escalera izquierda, entresuelo 2, se lleva a cabo venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de las cocheras números uno al treinta y cuatro, ambos inclusive, en planta semisótano, inscritas en el Registro de la Propiedad número 3 de Gandía, al tomo 1.875, folios 55 y siguientes, finca número 4.119, subfincas de la 25 hasta la 58, ambas inclusive, y de Treinta Viviendas inscritas en el Registro de la Propiedad número Tres de Gandía, trece de ellas al tomo 1.861, folios 163 y siguientes, fincas números 4.120, 4.121, 4.122, 4.123, 4.124, 4.125, 4.126, 4.127, 4.128, 4.129, 4.131, 4.132 y 4.134, y las diecisiete restantes al tomo 1.874, folios 1 y siguientes, fincas números 4.135, 4.136, 4.137, 4.138, 4.139, 4.140, 4.141, 4.142, 4.143, 4.145, 4.147, 4.148, 4.149, 4.150, 4.151, 4.152 y 4.153, del edificio sito en Real de Gandía, con fachada a las calles Constitució, Ferrán Pérez Costa y Travessera Ferreria.

En la notaría tendrán lugar: la 1ª subasta de la misma el día doce de junio de dos mil doce a las diez horas y treinta minutos, siendo el tipo base para cada una de las cocheras el de catorce mil veinte euros diecisiete céntimos, para la finca registral 4.120 el de ciento ochenta mil cuatrocientos treinta euros ochenta y cinco céntimos, para la finca registral 4.121 el de ciento ochenta y un mil ochocientos cincuenta y un euro quince céntimos, para la finca registral 4.122 el de doscientos quince mil cuatrocientos ochenta y un euros sesenta y seis céntimos, para la finca registral 4.123 el de ciento ochenta y cinco mil ochenta y seis euros treinta y un céntimos, para la finca registral 4.124 el de doscientos siete mil setecientos noventa y siete euros diecinueve céntimos, para la finca registral 4.125 el de doscientos veintiocho mil doscientos cuarenta y un euros noventa y seis céntimos, para la finca registral 4.126 el de doscientos cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y dos euros veinticinco céntimos, para la finca registral 4.127 el de ciento setenta y dos mil trecientos siete euros setenta y dos céntimos, para la finca registral 4.128 el de ciento setenta y dos mil seiscientos cuarenta y cinco euros cincuenta y tres céntimos, para la finca registral 4.129 el de ciento sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco euros treinta y seis céntimos, para la finca registral 4.131 el de ciento sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco euros treinta y seis céntimos, para la finca registral 4.132 el de ciento setenta mil trecientos setenta y dos euros nueve céntimos, para la finca registral 4.134 el de doscientos veintisiete mil trecientos noventa y seis euros ochenta y cuatro céntimos, para la finca registral 4.135 el de ciento setenta y siete mil cuatrocientos trece euros treinta y nueve céntimos, para la finca registral 4.136 el de Ciento tres mil cien euros treinta y un céntimos, para la finca registral 4.137 el de Ciento setenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos euros dieciséis céntimos, para la finca registral 4.138 el de Ciento setenta y ocho mil ciento quince euros setenta y tres céntimos, para la finca registral 4.139 el de Ciento cinco mil ciento siete euros veintidós céntimos, para la finca registral 4.140 el de ciento cinco mil ciento siete euros veintidós céntimos, para la finca registral 4.141 el de ciento setenta y ocho mil ciento quince euros setenta y tres céntimos, para la finca registral 4.142 el de ciento cinco mil ciento siete euros veintidós céntimos, para la finca registral 4.143 el de ciento setenta y dos mil doscientos setenta euros treinta y seis céntimos, para la finca registral 4.145 el de ciento seis mil quinientos cuarenta y siete euros quince céntimos, para la finca registral 4.147 el de doscientos doce mil ochocientos setenta y nueve euros veintiun céntimos, para la finca registral 4.148 el de Ciento sesenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro euros treinta y tres céntimos, para la finca registral 4.149 el de Doscientos siete mil cuatrocientos noventa y cinco euros setenta céntimos, para la finca registral 4.150 el de Ciento setenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis euros veintiséis céntimos, para la finca registral 4.151 el de Doscientos mil ochocientos diecinueve euros quince céntimos, para la finca registral 4.152 el de Doscientos veintiséis mil novecientos cincuenta y ocho euros y un céntimo y para la finca registral 4.153 el de Doscientos treinta y tres mil setecientos quince euros veintiséis céntimos,; de no haber postor o si resultare fallida, la 2ª subasta, el día tres de julio de dos mil doce a las diez horas y treinta minutos, cuyo tipo será el 75 por 100 del correspondiente a la primera; y en los mismos casos la 3ª subasta, el día veinticuatro de julio de dos mil doce, a las diez horas y treinta minutos, sin sujeción a tipo. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la siguiente cuenta 0182-2740-70-0201542050 de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Sucursal de Gandía sita en calle Mayor, número 69,una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por 100 del tipo de la segunda mediante justificación del ingreso en el establecimiento designado al efecto. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta.

Gandía, 7 de mayo de 2012.- El Notario.

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