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Documento BOE-B-2012-17251

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2012, páginas 23400 a 23400 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-17251

TEXTO

Edicto de la Secretario Judicial Dº FRANCISCO JAVIER GARCIA NAVARRO

En el juicio que se tramita en este Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Elche con el número 1045/2011-M a instancia de ESTHER QUIRANT BERNA contra SAID EL HASNAOUI, se ha dictado sentencia DIVORCIO CONTENCIOSO cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimar íntegramente la demanda presentada por el/la procurador/a don/doña Rosa María Mateu García, en nombre y representación de doña Esther Quirant Berna, contra don Said El Hasnaoui, por lo que:

1º) Se declara el divorcio del matrimonio formado por ambos, con todos los efectos legales.

2º) Queda disuelto el régimen económico matrimonial existente.

3º) No se condena en costas a ninguna de las partes.

Contra la presente Sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación ante la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas (art.774.5 L.E.C.) y que deberá interponerse, en su caso, ante este mismo Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación (art.455 y 458 L.E.C.).

La admisión del recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado la cantidad de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado (cuenta de Banesto nº 0706 0000 02 1045 11). También puede realizarse la consignación mediante transferencia al nº de cuenta 0030 3035 70 0000000000, debiendo indicar en el casillero de observaciones el número 0706 0000 02 1045 11. Quedan eximidos de la constitución del depósito para recurrir aquellos que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (Disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial).

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín oficial del estado para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN.

Elche, 14 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

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