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Documento BOE-B-2012-17462

MARBELLA

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 24 de mayo de 2012, páginas 23656 a 23657 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-17462

TEXTO

Edicto

Notificación de sentencia

En el presente Procedimiento Ordinario n.º 295/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Yousef A. Darwish Fakroo frente a Isaac Samuel Marrache y Brigitte L. Leblond, se ha dictado sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm. 199/2011

En Marbella, a 15 de julio de 2011

Vistos por mí, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marbella (Málaga) los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número arriba indicado, promovidos por el Sr. Procurador don José Manuel Rosa Sánchez en nombre y representación de don Yousuf Abdulla Darwish Fakroo defendido por el letrado don Adolfo Martos Gross frente a don Isaac Samuel Marrache, en situación de rebeldía y doña Brigitte Luciene Leblond representado por el Sr. Procurador don Francisco Lima Montero y defendido por el letrado don Ángel Monedero Timón, sobre acción declarativa de dominio y otros, procede dictar la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por el Sr. Procurador don José Manuel Rosa Sánchez en nombre y representación de don Yousuf Abdulla Darwish Fakhroo frente a don Isaac Samuel Marrache y doña Brigitte Luciene Leblond:

- Declarando que doña Brigitte Luciene Leblond es la legitima y única propietaria de una tercera parte indivisa de la vivienda sita en la parcela n.º 727-729 de la urbanización Guadalmina de Marbella, finca registral n.º 14.586 del Registro de la Propiedad n.º 4 de Marbella y que don Isaac Samuel Marrache es su titular fiduciario o aparente.

- Condenando a don Isaac Samuel Marrache a trasmitir la titularidad formal de dicha tercer parte indivisa a favor de doña Brigitte y otorgar escritura de reconocimiento de dominio a favor de ésta, con apercibimiento de que si no verificase se otorgará en su nombre y a su costa por el Juzgado.

- Condenando a la señora Leblond a otorgar escritura pública aceptando el reconocimiento de dominio a su favor, con el apercibimiento de que si así no lo hiciera, lo hará el Juzgado a su costa.

- Teniendo por reconocida sentencia dictada por la Corte de Apelación de Douai de 21 de marzo de 2005, declarando que la señora Leblond ostenta una deuda a favor del actor por importe equivalente al valor actual de dicha tercera parte indivisa.

- Condenando a la señora Leblond a otorgar escritura pública de transmisión del dominio de dicha tercera parte indivisa a favor del actor en concepto de dación en pago de la deuda que aquella ostenta frente a éste por importe equivalente al valor actual de dicho tercio, siendo todos los gastos e impuestos que conlleve esta transmisión por cuenta del actor, con apercibimiento de que si no lo verificare se otorgará en su nombre y a su costa por el juzgador.

Se desestima la demanda reconvencional presentada por don Isaac Samuel Marrache absolviendo a don Yousuf Absulla Darwish Fakhroo de los pedimentos contenidos en la demanda reconvencional.

Todo ello con condena en costas según el fundamento de derecho quinto.

Librase testimonio de la sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de sentencias.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. No se admitirá a trámite dicho recurso sino se ha constituido depósito de 50 euros consignados en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.

Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo, Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Marbella (Málaga), "siguen las firmas y la publicación".

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al condemandado Isaac Samuel Marrache, extiendo y firmo la presente.

Marbella, 31 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

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