Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-18553

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2012, páginas 25119 a 25119 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-18553

TEXTO

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 151/12-F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0000304, en el cual se ha dictado en fecha de 4 de mayo de 2012, auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Cantera Ania, S.A.", con CIF número A-50207372, y domicilio social en 50280 Calatorao (Zaragoza), Camino del Cementerio (diseminado Romeral), s/n.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de quince días comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente al Administrador Concursal designado. el economista D. José María Lainez Ramo, con NIF 25.436.030-P, Dirección Postal: Avenida Tenor Fleta, n.º 11, 4.º izda., 50008 Zaragoza; Teléfono 976-568142, Fax: 976568142; Correo electrónico josemarialainez@hotmail.com.

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

Cuarto.- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 14 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid