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Documento BOE-B-2012-20725

FRATERNIDAD-MUPRESPA, MUTUA DE ACCIDENTES
DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
DE LA SEGURIDAD SOCIAL N.º 275

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2012, páginas 27963 a 27963 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2012-20725

TEXTO

La Junta Directiva de Fraternidad-Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 275, con domicilio social en Madrid, en la Plaza de Cánovas del Castillo, número 3, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de sus Estatutos sociales, convoca a sus empresas mutualistas asociadas a Junta General extraordinaria, que se celebrará en Madrid, en el salón de actos del Centro de Prevención y Rehabilitación, sito en el Paseo de La Habana, números 83-85, el día 24 de julio de 2012 (martes), a las trece horas y cuarenta y cinco minutos en primera convocatoria y a las catorce horas y quince minutos del mismo día en segunda, si fuere preciso, con el orden del día que a continuación se detalla:

Orden del día

Primero.- Reforma de los Estatutos de la Mutua y delegación en la Junta Directiva de las facultades precisas para efectuar cuantas modificaciones sean requeridas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Segundo.- Ruegos y preguntas.

Tercero.- Aprobación del acta de la Junta General.

Podrán asistir a la Junta General todos los empresarios asociados y se exigirá, como requisito indispensable para tener derecho a voto, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones sociales y estar provisto de la correspondiente cédula de asistencia, que se podrá recoger con una antelación mínima de cinco días naturales respecto a la fecha de celebración de la Junta en el domicilio social de la entidad, así como en la Delegación administrativa de la misma situada en la provincia donde tenga la empresa su domicilio social.

La legitimación para asistir a la Junta General, así como para ejercer el derecho a voto se acreditarán por la inserción del empresario en el Registro de empresas asociadas de la Mutua o mediante exhibición del documento de asociación o, en su caso, del documento de proposición de asociación, así como de los documentos relativos a tales extremos, expedidos por los servicios de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los empresarios cuyos convenios entren en vigor una vez vencido el plazo de acreditación anticipada, podrán acreditarse el mismo día de celebración de la Junta, y hasta el inicio de la misma.

Asimismo, ostenta los derechos de asistencia y voto un representante de los trabajadores al servicio de la Entidad.

Madrid, 16 de mayo de 2012.- Carlos Espinosa de los Monteros y Bernaldo de Quirós, Presidente.

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