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Documento BOE-B-2012-20737

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 16 de junio de 2012, páginas 27976 a 27976 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-20737

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso abreviado - 000125/2012, siendo la concursada José Carlos Martínez Sánchez.

Alba Lucía Wolff Mesa, con domicilio en C/ Elda, n.º 56, Santa Pola (Alicante) y DNI números 21993305S y 74440378G, respectivamente, en el que se ha dictado Decreto de fecha cinco de junio de dos mil doce que contiene los siguientes pronunciamientos:

1.-Abrir la fase de liquidación del presente concurso.

2.-Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.

3.-Concurriendo en el/los concursado/s la condición de persona/s natural/es, la apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 25.3 y descendientes bajo su potestad.

4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.-Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.

6.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

Elche, 5 de junio de 2012.- El Secretario judicial.

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