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Documento BOE-B-2012-23469

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 5 de julio de 2012, páginas 31638 a 31638 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-23469

TEXTO

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja.

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 609/11 referente a la entidad "Marqués de Campo Nuble, S.L.", con domicilio social en Alfaro (La Rioja), avenida del Ebro, s/n, y CIF b82288440, por auto de fecha 22 de junio de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

2.-Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.

3.-La disolución de la entidad concursa, manteniendo el cese en su función sus Administradores, que son sustituidos por la Administración concursal.

4.-En el plazo de ocho días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la L.C.

5.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el art. 168 de la L.C., dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 22 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.

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