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Documento BOE-B-2012-23483

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 5 de julio de 2012, páginas 31652 a 31652 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-23483

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 840.05/2009 referente a la concursada Instituto de Investigación, Desarrollo y Control de Calidad en la Edificación, Organismo de Control Técnico, S.A. con CIF n.º A-92213701 se ha dictado sentencia de fecha 11 de junio de 2012 aprobando judicialemente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 21 de mayo de 2012.

2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto n.º 2218, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

4.- Fórmese la sección sexta de este concurso que se encabezará con testimonio de la presente incorporándose testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad por el deudor, con testimonio del auto de declaración de concurso e informe definitivo de la administración concursal.

En el plazo de 10 días, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Málaga, 15 de junio de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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