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Documento BOE-B-2012-2365

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2012, páginas 3141 a 3141 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-2365

TEXTO

Doña M.ª Isabel Tirado Gutiérrez, Secretaria del Juzgado de lo Social número trece de Madrid, hago saber que en el procedimiento de demanda número 980/11 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José María Mateos de Pablo-Blanco contra Vitalia Vida S.A., Prevenrisk S.A., Morgan and Meyer Insurance Broker y Irson Empresarial, S.L se ha dictado Decreto de fecha 30/09/2011 que contiene la siguiente parte dispositiva:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada, y se señala para el acto de conciliciación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 31/01/12 a las 9:45 horas de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sita en la calle Princesa, 3, 3º de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda, y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los arts. 82.2 y 83 de la L.P.L. Con respecto a la prueba solicitada y sólo a los efectos de poder preparar y posibilitar la práctica de la prueba que deberá ser solicitada por la parte en el momento de Juicio y admitida por S.S.ª Ilma se procede con carácter cautelar a citar a la parte demandada para poder practicar la prueba de confesión Judicial, e igualmente y a los mismos efectos se procede a requerir de la documental solicitada a fin de que pueda ser aportada en el momento procesal oportuno todo ello de conformidad con el art. 85 de la L.P.L.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse. Se indicará también a las partes, que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo al menos con diez días de antelación a la fecha del juicio, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el Tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos, o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al art. 90.2 LPL.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (Artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este juzgado con el n.º 2511 en la entidad bancaria Banesto C/Princesa, 2. b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1033 50 0000000000, indicando el n.º c/c 2511 número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Madrid, 17 de enero de 2012.- D.ª M.ª Isabel Tirado Gutiérrez, Secretaria del Juzgado de lo Social número trece de Madrid.

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