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Documento BOE-B-2012-23901

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2012, páginas 32263 a 32263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-23901

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 350/2012 y NIG 07040 47 1 2012/0000543, se ha dictado en fecha 27 de junio de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor "Feim Sports, S.L.", con CIF B-57111528, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Pou den Bauça, número 7, Binissalem (Islas Baleares).

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que se ha nombrado Administrador de dicho concurso a don Enrique Fons Donet, con DNI 20780874-Y quien ha aceptado el cargo con fecha 5 de julio de 2012.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal calle Bellpuig, 12G, 07181 Calviá (Illes Balears), o dirección de correo electrónico efonsd@gmail.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 5 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

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