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Documento BOE-B-2012-24979

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2012, páginas 33687 a 33687 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-24979

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 22/2012, seguido a instancias del Procurador don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de don Gustavo García Puentes, se ha dictado auto el día 26 de abril de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don Gustavo García Puentes, con DNI n.º 42227081, y domicilio en calle El Cano, 1, 1.º, Agüimes, Las Palmas; el que se tramitará por el procedimiento abreviado y con carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Se designa como administrador del concurso por renuncia de la anterior doña Avelina Mayor Pérez a la Abogada doña Mónica Domínguez-Mascaró García con domicilio en avda. Alcalde Ramírez Bethencourt, n.º 6, bajo, Las Palmas de G.C., Las Palmas; teléfono 928380984 y fax 928380098, así como correo electrónico monica.dominguezmascarogarcia@es.ey.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada ley.

Que los acreedores e interesados podrán comunicar su crédito sin comparecer en forma, para el resto de actuaciones deberán valerse de Abogado y Procurador (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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