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Documento BOE-B-2012-28630

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2012, páginas 38819 a 38819 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-28630

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.° 719/2012, habiéndose dictado en fecha 13 de julio de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "Dupolo Construcciones, S.L." y "Algialfa, S.A.", con domicilio en plaza San Antonio, n.º 2, de Benifaio (Valencia), y calle San Antonio, n.º 2, de Benifaio (Valencia), y CIF n.º 96654827 y A97799225, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5821 General de Sociedades, libro 3127 de la sección 8.ª, folio 10, hoja n.º V-54953, inscripción 1.ª y al tomo 8531, libro 5820, folio 1, sección 8, hoja n.º 116.632, respectivamente.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada.

Se ha nombrado Administrador concursal a don Jesús Fernández Fernández, con domicilio en la calle General Urrutia, n.º 67, escalera 2, piso 3, puerta 7, de Valencia 46013, y correo electrónico administrador.concursal@gmail.com

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "Boletín Oficial del Estado" puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 13 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

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