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Documento BOE-B-2012-3062

Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta de aprobación de la prorroga de la adenda al Convenio marco de colaboración para el desarrollo del programa de impulso al urbanismo en red.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2012, páginas 4026 a 4026 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ciudad de Ceuta
Referencia:
BOE-B-2012-3062

TEXTO

El Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2011, Acordó: 1º.- Apruébese, la prórroga cuyo texto consta anexo a la propuesta, de la Adenda Específica al Convenio marco de colaboración para el desarrollo del programa de impulso al urbanismo en red surtiendo efectos la presente Adenda desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2012 pudiendo prorrogarse mediante acuerdo expreso de las partes siempre que su prórroga se adopte antes de la finalización de su plazo anterior. 2º.- Facúltese tras la aprobación al Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Medio Ambiente para la firma del mismo. 3º.- Que se notifique la resolución del Consejo de Gobierno a todos los interesados publicándose en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la ciudad de acuerdo al artículo 8 de la LRJ-PAC.

Lo que se pública a los efectos previstos en el art. 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabra fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación (arts. 116.1 Ley 30/92, de 26 de noviembre) y 8.1 y 46 de la 29/1998, de 13 de julio. No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Ceuta, 17 de enero de 2012.- La Secretaria General, p.d.f. Resolución de Secretaria 15-02-2.010 BOCCE n.º 4924, de 23-02-2.010. La Técnico de Administración General, Francisca Sánchez Aranda, V.º B.º El Presidente, p.d.f. El Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Presidente de la GIUCE (Decreto de la Presidencia 1/04/08), Guillermo Martínez Arcas.

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