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Documento BOE-B-2012-31843

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2012, páginas 43493 a 43493 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-31843

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 573/2012 por auto de fecha 17 de julio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario a la sociedad Egestia Sistemas Inteligentes de Gestión on line, S. L., con cif B-18911958 y domicilio en avenida de la Innovación, número 1 Edificio Bic, Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud, Armilla (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección:

Rubén Candela Ramos, Administrador Concursal de Egestia Sistemas Inteligentes de Gestión on line, S.L., calle Conde Alcalá, número 4, 4.º, 18001 Granada.

Dirección electrónica: concursoegestia@rubencandela.com

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 Ley Concursal.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Granada, 5 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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