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Documento BOE-B-2012-35391

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2012, páginas 48192 a 48193 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-35391

TEXTO

Cédula de Notificación.

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento de Concurso Abreviado 52/11 de la Entidad La Cuisine du Grand Gourmet, Sociedad Limitada, se han dictado Auto de 3 de octubre de 2011 y Diligencia de Ordenación de fecha 30 de marzo de 2012, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:"........ parte dispositiva....Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado al deudor La Cuisine du Grand Gourmet, Sociedad Limitada, CIFB38776605 y se declara abierta la fase común del concurso.....Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de quince días naturales, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (Boletín Oficial del Estado), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará obligatoriamente el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor (teléfono y fax), así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito (debidamente sellados y firmados), de la representación en su caso alegada (con escritura de poder original o copia autenticada), y una copia de todo ello, haciéndosele la advertencia, que solo se valorarán los documentos originales justificativos de los créditos objeto de referencia en el presente escrito y que no producirá los efectos del Artículo 85 y siguientes de la Ley Concursal, ningún otro documento aportado que no cumpla con lo anteriormente referido, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 92 de la Ley Concursal, y sin que por este Juzgado, se conceda plazo adicional alguno para subsanar defectos, por lo que será la Administración Concursal, la que deberá realizar su pertinente análisis, y la que asumirá que los documentos-créditos son originales y que los mismos reunen los requisitos fijados por la Ley Concursal.-...Anótese preventivamente lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los administradores concursales, en los registros públicos en que figuren inscritos bienes del concursado, librando al efecto el oportuno mandamiento. Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción......Los respectivos oficios y mandamientos se entregarán al Procurador de la solicitante que deberá acreditar en el plazo de cinco días haber procedido a su presentación.....Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.....Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso......"

".......... Diligencia de Ordenación del/de La Secretario/a Judicial....Don/Doña Cristo Jonay Pérez Riverol...En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2012.....Visto el estado de las actuaciones,..... .. reprodúzcase de conformidad con lo establecido en el Auto de declaración de Concurso de la Entidad La Cuisine du Grand Gourmet Sociedad Limitada (de igual fecha), entregándosele a la Procuradora solicitante, para cuidar de su diligenciado y devolución. En atención a lo anteriormente expuesto, quede sin efecto la Diligencia de Ordenación de fecha 24 de febrero de 2012 (Sección 2ª) y en su momento procesal, se acordará nuevamente sobre el Informe de la Administración Concursal....Modo Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Secretario/a Judicial...Lo dispongo y firmo. Doy fe....El Secretario Judicial............".-

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 de 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 17 de septiembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.

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