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Documento BOE-B-2012-36099

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2012, páginas 49168 a 49168 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36099

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 47 1 2012 8004809 y n.º 581/2012B se ha declarado el concurso voluntario -principal- en feha 2 de octubre de 2012, de "Tecnoformas, S.L.", con CIF n.º B08682932 y domicilio en C/ Tirso de Molina, s/n, del Polígono Industrial Almeda de Cornellá, de Llobregat, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don Manuel Pérez López de Briñas, con domicilio en C/ Vía Augusta, n.º 48-54, 1.º, 5.ª (08006 Barcelona) y correo electrónico concursotecnoformas@gmail.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio antes reseñado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 5 de octubre de 2012.- La Secretaria judicial.

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