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Documento BOE-B-2012-38056

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 8 de noviembre de 2012, páginas 51721 a 51721 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38056

TEXTO

Edicto

Doña Natalia Ramos Lían, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto, de conformidad con los artículos 95.2 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad a la Sentencia de aprobación de Convenio,

Fecha de presentación del informe: ocho de mayo de dos mil doce.

Concursados: Material Fotográfico Primer Plano, S.A.

Fallo:

La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Material Fotográfico Primer Plano, S.A. sometido de votación, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en el Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior resolución por el Juez que la suscribe estando celebrando audiencia en su día de la fecha. Doy fe.

Forme queda en la oficina Judicial del Servicio Común de los Juzgados Mercantiles de Barcelona para que los interesados puedan obtener una copia en soporte informático a su costa. Dentro de los diez días siguientes a la publicación del edicto los interesados podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores en los terminos previstos en el artículo 96 de la LEC.

Barcelona, 8 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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