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Documento BOE-B-2012-38117

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 8 de noviembre de 2012, páginas 51782 a 51782 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38117

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso voluntario de don Hestuas Alvarez Hervás, con CIF 46566152F, seguidos en este Juzgado con el n.º 181/2010, se ha dictado en fecha 16/02/11 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de don Hestuas Álvarez Hervás, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 181/2010 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Barcelona, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales e igualmente expídase mandamiento al Registro de la Propiedad de Cunit, donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor, para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día, librándose para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma doña Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Juez en sustitución del Juzgado de lo Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 26 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

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