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Documento BOE-B-2012-38791

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 15 de noviembre de 2012, páginas 52752 a 52752 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38791

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8004166 y n.º 497/2012 A, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 24/10/12 de Recubrimper, S.L. con CIF n.º B-60552197 y domicilio en c/ Ángel Guimerá, 11, Sant Adriá del Besós, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don Pedro Picón García, con domicilio en avda. Diagonal, n.º 421, 08008 de Barcelona y correo electrónico concursal@voelker.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en avda Diagonal, 421, 08008 de Barcelona, o remitirse por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicadas resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 29 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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