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Documento BOE-B-2012-38825

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 15 de noviembre de 2012, páginas 52786 a 52786 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38825

TEXTO

Edicto

D./Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000060/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. M. Trinidad Leyva Jiménez, en nombre y representación de D./Dña. Construcciones Zenón Sánchez Pérez, S.L., se ha dictado Auto el día 22 de Octubre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. Construcciones Zenón Sánchez Pérez, S.L., con CIF n.º b35064252, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Samuel Mansell Villanueva como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ San Agustín, n.º 13, planta 3-oficina 5, y código postal 35001, teléfono 928.31.02.74 y Fax. 928 31.08.86 como dirección electrónica: lpajm02-060-12@admon-concursal.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de noviembre de 2012.- Secretaria Judicial.

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