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Documento BOE-B-2012-39098

Anuncio de Subasta Notarial convocada por don Gerardo Delgado García, notario de La Rinconada, actuando como sustituto legal de la notaría de La Algaba, vacante en la actualidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 16 de noviembre de 2012, páginas 53148 a 53149 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-39098

TEXTO

Don Gerardo Delgado García, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, distrito de Sevilla, con residencia en La Rinconada, como sustituto de la Notaria de La Algaba, por vacante de la misma,

Hago saber: Que en la notaría de La Algaba (Sevilla) se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.- Setenta y ocho.- Vivienda Tipo C, escalera cinco, planta tercera, puerta 14, en calle Santa Ana, sin numero, urbanización Santa Marta, en La Algaba (Sevilla). Tiene una superficie construida de ochenta y dos metros, siete mil ochocientos centímetros cuadrados. Linda: Frente, patio del lugar, el piso número trece de esta misma planta y el vestíbulo de la escalera por donde tiene su acceso; derecha, piso numero quince de la escalera 4; izquierda, piso numero quince de la misma planta y caja de escaleras, y fondo, calle sin nombre.

Coeficiente: Seis enteros tres mil ochocientos diecisiete diezmilésimas por ciento.

Inscripción.- Inscrito En el Registro de la Propiedad numero 7 de Sevilla, al tomo 837, libro 178, folio 4, finca 6.020, inscripción 5.ª

Procediendo conforme al artículo 129 de La Ley Hipotecaria y al artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, una única subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:

1. Se celebrará en la notaría de La Algaba (Sevilla), sita en calle Manuel Moreno Geniz, número 32, el día 27 de diciembre de 2012, a las 10:00 horas.

2. El tipo para la subasta pactado en la escritura de constitución de hipoteca es de cincuenta y seis mil novecientos noventa y nueve euros.

3. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría, en horas de oficina. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

4. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

5. Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

6. La subasta se ajustara a lo dispuesto en el articulo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y, en lo que no fuera incompatible con dicho precepto, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

La Algaba, 13 de noviembre de 2012.- El Notario.

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