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Documento BOE-B-2012-39459

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2012, páginas 53608 a 53608 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-39459

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la sección I, declaración concurso número 0000255/2012 y NIG número 13034 41 1 2012/0003957, se ha dictado en fecha 15 de octubre de 2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor don Fernando García-Villaraco Jurado, con DNI 05921423G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Cruces, número 30, 4.º B, de Puertollano (Ciudad Real), casado con doña María del Carmen Marcos Rodríguez, y cuyo régimen matrimonial es el de separación de bienes.

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador concursal designado.

3.º Se designó, como administradora concursal, a la sociedad "J.C.S. y Asociados Auditores Consultores, S.A.P.", la cual, no habiendo comparecido a aceptar el cargo, se acuerda por auto de 26 de octubre de 2012 dejar sin efecto el nombramiento efectuado y designar como Administrador concursal a "Soluciones y Proyectos Toledo, S.L.P.", con CIF B-45.523008, domicilio en calle Gibraltar Español, número 2, piso 1.º B, 45500 Torrijos (Toledo), y correo electrónico fbg@solpro.es, domicilios estos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

5.º La administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6.º A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (artículo 95.1 LC).

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 12 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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