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Documento BOE-B-2012-40091

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2012, páginas 54443 a 54443 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40091

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC),

Anuncia: Que en el procedimiento número 271/2008, con NIG 4109142M20080000400 del deudor Pinzon, S.C.A, se ha dictado auto de apertura de fase de liquidación de 5.11.2012 con la siguiente parte dispositiva:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso de Pinzón, S.C.A, abriendo con tal fin una pieza separada de la Sección Quinta en la que se integrará esta resolución, con todos los efectos inherentes a la apertura de liquidación:

a) Se suspenden las facultades de administración y disposición del concursada.

b) Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena el cese en el ejercicio de su cargo de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

2.- Dar posesión nuevamente de sus cargos a los Administradores Concursales. Se repone en sus cargos a la administración concursal en su día nombrada, citándoles para la aceptación del cargo en el plazo de cinco días.

3.- De la documentación entregada por la concursada junto a su escrito de 12/4/12 dése traslado a la AC, mediante copia, debiendo la AC en el plazo de dos meses de dicho traslado presentar el informe comprensivo de la lista de nuevos acreedores, el inventario actualizado y el resto de menciones previstas en el artículo 75 LC, aunque limitadas al periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación del convenio.

Llámense mediante edictos a publicar en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado a los acreedores del concursado, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 LC a los Administradores Concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la publicación del citado edicto en el Boletín Oficial del Estado. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores que les conste.

Hágase saber al organismo gestor del BOE que el edicto acordado deberá publicarse gratuitamente, al no haberse puesto en funcionamiento el Registro Público Concursal y por tener la resolución acordada equivalente significado y valor al auto de declaración del concurso.

4.- Resueltas las impugnaciones que puedan formularse al mismo y elevado el informe provisional a definitivo, se resolverá sobre la presentación del Plan de Liquidación.

Sevilla, 5 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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