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Documento BOE-B-2012-41811

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 4 de diciembre de 2012, páginas 56722 a 56722 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41811

TEXTO

Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: que en el procedimiento concurso abreviado – 000985/2011 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Alucasmi SL, con domicilio en calle Contrafuerte, parcela G-21 Elda, y CIF número B-53714390, se ha presentado por la administración concursal los textos definitivos, y se ha dictado auto de fecha 9 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3. Se convoca la junta de acreedores.

4. Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaria Judicial, que la junta de acreedores se celebrará el próximo 8 de marzo de 2013, a las 11,30 horas en la sala de audiencias de este juzgado (sala n.º 9 sita en la 1.ª planta), publicándose edictos en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita.

5. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la junta hasta 40 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC).

6. Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC.

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 9 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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