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Documento BOE-B-2012-43053

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 14 de diciembre de 2012, páginas 58435 a 58435 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43053

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 811/2012 en el que se ha dictado con fecha 21 de noviembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Industrias Jayan, S.L., con CIF: B-63515373, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8005910.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Industrias Jayan, S.L., con domicilio en Cami Antic de Sant Cugat, 25, de Sant Cugat del Vallés (Barcelona).

Administrador con cursal: "Alhos Concursal SLP", con domicilio en Barcelona, calle Tuset, 32, 9.ª pl., con correo electrónico:

ijayan.811-12@alhosgroup.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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