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Documento BOE-B-2012-43068

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 14 de diciembre de 2012, páginas 58450 a 58450 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43068

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Victoria Basana Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000072/2012, seguido a instancias del Procurador D. Jonathan Suárez Álamo, en nombre y representación de COMPAÑÍA ARTESANAL CANTERÍAS DE ARUCAS, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de noviembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de COMPAÑÍA ARTESANAL CANTERÍAS DE ARUCAS, S.L., con CIF, n.º B-35079789, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Tablón de Anuncios de la oficina judicial.

Se designa como Administrador Concursal a D. Lorenzo Muñoz Cerdeña, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Alonso Quintero, n.º 13, 2.º, CP 35001, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas, teléfono 928336228 y fax 928320197, así como dirección electrónica lorenzo@grupo-godoy.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 L.C.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Doña M.ª Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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