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Documento BOE-B-2012-805

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2012, páginas 1029 a 1029 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-805

TEXTO

Edicto.

D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º seccion I declaración concurso n.º 168/2011-C, se ha dictado a instancias de Elevaciones Rama, S.L., en fecha 19 de diciembre del 2011 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Elevaciones Rama, S.L., con domicilio social en Ctra. Redondela-Peinador, núm 51, Villar de Infesta, Redondela (Pontevedra), con CIF número B-36.395.473. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al libro 2660, folio 113, hoja PO-29114.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletin Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afectey, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 19 de diciembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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